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El SEPE autorizará seguir cobrando el paro al alcanzar la edad de jubilación si no se tiene derecho a pensión

El SEPE autorizará seguir cobrando el paro al alcanzar la edad de jubilación si no se tiene derecho a pensión

Esta excepción a la norma general será posible siempre y cuando el desempleado presente una certificación expedida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)

Sábado, 10 de mayo 2025, 00:15

No todos los trabajadores alcanzan la jubilación con los años de cotización necesarios para poder percibir una pensión contributiva. Pero si al alcanzarla están cobrando la prestación contributiva por desempleo (paro), ¿qué ocurre?

La norma general recoge que el derecho a paro se extingue por pasar a ser pensionista de jubilación. Pero hay una excepción: si al cumplir la edad del retiro no se reúnen los requisitos exigidos para cobrar dicha pensión, entonces el parado podrá continuar cobrando la prestación por desempleo hasta que la agote. Lo hará con una condición: siempre que presente una certificación expedida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Así lo aclara el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) que advierte, no obstante, que esto no se aplicará en el caso de que se trate de supuestos de suspensión o reducción de jornada por ERTE.

Hay otras situaciones muy concretas en las que también es posible seguir percibiendo el paro al alcanzar la edad de jubilación. Por ejemplo, si el desempleado está recibiendo una pensión de jubilación parcial o una pensión de jubilación reconocida en un sistema distinto al español podrá seguir compatibilizando ambos beneficios.

En el caso de que la prestación por desempleo no sea el paro sino un subsidio, entonces la compatibilidad estará condicionada a que el desempleado siga careciendo de rentas propias mensuales de cualquier naturaleza superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, es decir, 888 euros mensuales, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias (el importe de la pensión, con prorrata de pagas extraordinarias, se tendría en cuenta como renta). Además hay que seguir acreditando, en su caso, responsabilidades familiares, excepto en el supuesto de que se trate de un subsidio para mayores de 52 años (no exige cargas familiares).

Para comunicar la jubilación a la oficina de prestaciones, hay que pedir cita previa a través de Internet o en la sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) si se dispone de certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña Cl@ve. Este trámite es esencial para asegurar que la tramitación se ha realizado correctamente y evitar problemas futuros con el cobro de tus prestaciones.

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