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No es un fenómeno nuevo, pero nunca como hasta ahora había sido tan extraordinario. Las donaciones autorizadas ante notario, especialmente de dinero y entre padres ... e hijos, han alcanzado registros insólitos en Málaga, donde en seis años se han multiplicado por ocho. Las estadísticas del Colegio Notarial de Andalucía constatan ese aumento exponencial tanto en la provincia, que ha pasado de las 1.144 donaciones en 2018 a las 8.706 el pasado año, como en la capital, donde el crecimiento supera el 600% en el mismo periodo (de 442 a 3.224).
La principal razón hay que buscarla en el Decreto-ley 1/2019 de la Junta de Andalucía, que amplió las rebajas ya contempladas en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e introdujo una reducción en la base imponible de esas donaciones de un 99%. Eso abrió la puerta a muchas familias para que pudieran dar en vida dinero, bienes o patrimonio a sus descendientes sin verse atenazadas por Hacienda, pues, tras el cambio normativo, con una donación de, por ejemplo, 50.000 euros pasaron de pagar 4.949 euros a solo 49,50 euros. «Con anterioridad a 2019 probablemente también se harían donaciones, pero solapadamente y con el riesgo de que la Agencia Tributaria detectase el traspaso de fondos y pudiera penalizarlo», advierte el notario Ramón Blesa, quien resalta que más del 90% de las donaciones que se formalizan son de dinero, con cantidades que oscilan entre los 60.000 y los 100.000 euros. «Importes mayores son poco frecuentes», apostilla. Solo cuando son muy elevadas, por ejemplo, de 400.000 euros, la cuota a pagar rebasaría los 500 euros, en este caso concreto sería de 810,42 euros frente a los más de 81.000 euros antes de la bonificación.
Además de efectivo, también se ceden viviendas y, en algunos casos, participaciones sociales de empresas (acciones), «que también disfrutan de bonificaciones fiscales», precisa Blesa.
Junto al aspecto fiscal, hay otro motivo que juega a favor de estas cesiones, especialmente tras la pandemia. En 2021, cuando todavía se mostraban los efectos del confinamiento, la tasa se situó en el 14,3%, según el Instituto Nacional de Estadística (INE). Solo en 2024, las familias españolas ahorraron 139.917 millones de euros, lo que representa un 23% más que el año anterior.
Ambos factores (fiscal y ahorro) han sido cruciales para que muchos padres puedan ayudar a sus hijos, que en la actual coyuntura económica sufren enormes dificultades para acceder a una vivienda, cuyo ritmo de encarecimiento triplica al de los salarios. Las entidades financieras no les conceden todo el crédito solicitado para hipotecarse y ellos carecen del ahorro necesario para cerrar la operación. Necesitan un porcentaje extra y a la vista de los datos, lo encuentran en los progenitores que disponen de un colchón económico. «En 2024, las familias españolas confiaron en la donación ante notario como mecanismo de planificación patrimonial y, en muchos casos, apoyo a las nuevas generaciones para la compra de una vivienda o para emprender un proyecto empresarial», señala Teresa Barea, portavoz del Consejo General del Notariado.
Esa realidad también queda reflejada en los datos, pues entre el 95% y el 98% de estas operaciones se realizan de padres a hijos, aunque existen también casos residuales de abuelos a nietos, entre cónyuges y, excepcionalmente, de hijos a padres para ayudarles en el pago de una residencia. «La previsión en el futuro es que las bonificaciones se extiendan –en menor cuantía– a los colaterales (hermanos, tíos y sobrinos), tanto en sucesiones (herencias) como en donaciones, aunque con una reducción del impuesto menor», avanza.
Pero, ¿quién paga el impuesto, el padre o el hijo? En las donaciones de dinero, es el hijo (donatario) quien debe pagar el impuesto de donaciones, bonificado al 99%, y asumir el coste de la escritura notarial. «Si el padre (donante) pagara estos gastos, se consideraría un aumento de la donación a efectos fiscales», aclara. Asimismo, aconseja que la transferencia de dinero sea próxima en el tiempo a la escritura de donación (previa siempre) y que no se disponga de los fondos antes de otorgar la escritura.
En el caso de donaciones de inmuebles, además del impuesto de donaciones (también bonificado), hay que pagar la plusvalía municipal y declarar la ganancia patrimonial en el IRPF por la diferencia entre el valor de adquisición, más los gastos, y el valor de transmisión, que debe reflejar el donante en su declaración de la Renta . «La plusvalía municipal la paga el donante, aunque también puede hacerlo el donatario». Blesa indica que en ocasiones se dona la nuda propiedad y los padres se reservan el usufructo. «Es como un anticipo de la herencia», indica.
En este sentido, la donación puede hacerse a cuenta de los derechos hereditarios que le correspondan a los hijos o descendientes, considerándose como un anticipo de herencia (colacionable), en cuyo caso el hijo que recibe la donación tomará de menos en la herencia respecto a sus hermanos, o como mejora sobre los demás herederos (no colacionable), si así se hace constar en la escritura, permitiendo que el hijo donatario reciba la donación además de su parte en la herencia. «El carácter colacionable o no colacionable de la donación afecta directamente a la distribución equitativa entre hermanos», precisa Blesa.
Las condonaciones, que suponen el perdón de una deuda, también han crecido en estos últimos años al calor de la bonificación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, ya que cuentan con una reducción del 99% en la base imponible de la deuda. «A todos los efectos funciona como una donación», aprecia el notario Ramón Blesa. Explica que antes de la modificación normativa, cuando el tipo impositivo era muy alto y las donaciones salían muy caras, los padres recurrían a estos préstamos a los hijos, a largo plazo e intereses muy bajos, ya que no podían ingresarle el dinero directamente en la cuenta ante la posibilidad de que pudiera parecer una donación encubierta y arriesgarse a una sanción. Pero a partir de la aprobación del Decreto-ley 1/2019, se equipara la donación a la condonación de la deuda, de forma que ante notario se reconoce la deuda existente para a continuación condonarla sin que esa operación tenga un enorme coste fiscal al estar bonificada. Los datos también reflejan ese aumento: las 40 condonaciones que se formalizaron en la provincia en 2018 alcanzaron las 129 en 2024; en la capital pasaron de las 28 a las 68 en el mismo periodo.
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