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La tarjeta sanitaria europea es un documento personal e intransferible que acredita el derecho a recibir prestaciones sanitarias que resulten necesarias, desde un punto de vista médico. Pero, ¿en qué países tiene validez? Si se viaja a cualquiera de los 27 países miembros de la Unión Europea (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Rumania y Suecia), así como en Reino Unido, Noruega, Liechtenstein, Islandia y Suiza.
Este documento cubre los gastos médicos surgidos durante el viaje por problemas sobrevenidos de salud, de modo que se puede recibir atención sanitaria pública si se tiene un accidente, por enfermedad, empeoramiento de una enfermedad crónica o se está de parto. Esta tarjeta garantiza que la persona será atendida por un médico, en un hospital o un centro de atención sanitaria, y se le prescribirá y dispensará medicamentos como si fuera un residente más del país. Esto último implica que se recibirán los servicios que se dan allí y no los que se prestan en España. Por ejemplo, hay países en los que hay que abonar un porcentaje de la asistencia (copago), que no son reintegrables, mientras que hay otros en los que se pide un anticipo del importe, cuyo reembolso se puede solicitar tanto en el destino como a la vuelta en España.
Además, la tarjera sanitaria europea está pensada para estancias temporales, por lo que las personas que se trasladen a alguno de los países antes mencionados para instalar allí su residencia habitual tendrán que tramitar otro tipo de documento. Tampoco tendrá validez si el motivo del desplazamiento es recibir tratamiento médico programado fuera de España, en cuyo caso, es necesario que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) emita el formulario correspondiente, previo informe favorable del Servicio de Salud, como informa la Seguridad Social.
Las personas que ostenten la condición de asegurados en el sistema de la Seguridad Social, tanto para sí mismas como para los beneficiarios que tengan dados de alta. Es necesario disponer de un DNI o NIE y el número de la Seguridad Social. Cada persona que viaje, tanto asegurada como beneficiaria, debe tener su propia tarjeta.
Existen varias formas de solicitar o renovar esta tarjeta de manera totalmente gratuita, tanto para los titulares como para los beneficiarios de la asistencia sanitaria.
Sin sistemas de identicación electrónica, en la Sede Electrónica de la Seguridad Social, rellenando un formulario, o a través de los teléfonos 901 16 65 65/ 91 542 11 76.
De manera presencial en los Centros de Atención e Información (CAISS) de la Seguridad Social.
Con sistemas de identificación electrónica (mediante Cl@ve Permanente, Clave PIN, DNIe o certificado electrónico o vía SMS) en este apartado de la Sede Electrónica de la Seguridad Social o en el portal Tu Seguridad Social.
Si se solicita por SMS, el teléfono móvil tiene que constar en la base de datos de la Seguridad Social, que le enviará una contraseña de un solo uso. Si el número de teléfono no está registrado, se puede hacer en el portal de la Tesorería General de la Seguridad Social.
La tarjeta sanitaria se recibirá en el plazo de unos cinco días en el domicilio que el solicitante tenga registrado en la Seguridad Social.
Su validez es de dos años desde que se emite, con algunas excepciones. Para los extranjeros residentes, la validez coincide con la fecha de finalización del permiso de residencia y para los beneficiarios de prestaciones de desempleo y subsidios es válida durante el periodo de duración de la prestación.
La renovación se puede solicitar hasta 60 días antes de que caduque.
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